jueves, 30 de junio de 2011

CANTABRIA.- Anulado un acuerdo del Gobierno para ampliar la vida útil del Mazo porque no hubo evaluación ambiental

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha revocado una resolución del Gobierno cántabro por la que se inició el procedimiento para la segunda ampliación de la vida útil del vertedero de El Mazo. Y es que, según sostiene la sala, el proyecto no se sometió a evaluación ambiental.



Así se señala en una sentencia fechada el 24 de junio y conocida este jueves, en la que el TSJC da la razón al Ayuntamiento de Piélagos --que fue quien recurrió la decisión-- y revoca el acuerdo del Ejecutivo regional.

El Gobierno inició el procedimiento de segunda ampliación de la vida útil del Mazo para prorrogar 20 meses la utilización de estas instalaciones, a la espera de que concluyeran las obras del nuevo vertedero de Monte Carceña, que todavía no se ha inaugurado.

Eso conllevaba una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del Ayuntamiento de Piélagos (en el que se ubica el vertedero) para adaptarlo a las nuevas condiciones de ampliación de la vida útil, que incluían el acondicionamiento del regato La Tejera.

Pero el Ayuntamiento recurrió el acuerdo del Consejo de Gobierno, que ahora revoca el TSJC por falta del correspondiente procedimiento de evaluación ambiental.

Según explica la Sala de lo Contencioso en su sentencia, los proyectos que afectan a vertederos de residuos no peligrosos que reciban más de diez toneladas por día o tengan una capacidad total superior a 25 millones de toneladas, sin ser vertederos de interes, deben ser sometidos a evaluación ambiental.

Sin embargo, en este caso asegura que se ha "obviado por completo" esa verificación ambiental y el expediente administrativo está totalmente "ayuno" de la correspondiente Declaración Ambiental.

El Gobierno regional y el Ayuntamiento de Torrelavega (en el que se asienta también parte del vertedero), alegaban que la ampliación de la vida útil sí que había superado la evaluación ambiental y remitían de hecho a una Autorización Ambiental Integrada (AAI) otorgada para el Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos del Mazo.

En su sentencia, el TSJC responde que esa Autorización abarca varias de las instalaciones del vertedero, pero no el acondicionamiento del arroyo ni el alargamiento de la vida útil, a los que no se hace ninguna referencia en los fundamentos de la AAI.

La Sala reconoce la urgencia de declarar la utilidad pública del proyecto, ya que un informe de la empresa pública MARE ratificaba la necesidad "urgente" de alargar la vida útil del vertedero de forma transitoria durante 20 meses, porque estaba llegando "al límite de su capacidad" y, de no acometerse, 400 productores de residuos no tendrían espacio material para sus vertidos.

De todas maneras, la "ilegalidad" de la falta de evaluación ambiental lleva a la anulación del acuerdo del Ejecutivo regional, al que la Sala echa en cara la "ceremonia de la confusión" que ha planteado durante el procedimiento hablando en unos casos de la segunda ampliación de la vida útil de vertedero y en otros casos de la tercera ampliación, un reproche que extiende también al Ayuntamiento de Torrelavega.




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