martes, 30 de agosto de 2011

CANTABRIA.-El PRC necesita 500 firmas para acudir a las elecciones del 20-N

PERO SÓLO PARA PRESENTARSE EN CANTABRIA

El adelanto de las elecciones generales y el reciente cambio en las leyes electorales están obligando a los partidos que actualmente no cuentan con representación en las Cortes Generales a diseñar estrategias de urgencia. En Cantabria los regionalistas no parece vayan a tener ninguna dificultad para obtener la firma de 500 electores inscritos en el censo, y que son el requisito legal para que puedan concurrir a las elecciones generales del 20-N. El problema reside en que la normativa para la recogida de los avales no es conocida todavía y que los plazos de recogida de firmas son muy ajustados. Sobre todo, si el PRC decide presentarse en coalición o formando una federación con otros partidos y en todo el ámbito nacional. En ese caso necesitaría 35.000 avales, con la dificultad añadida de que, deben representar el 0,1% de cada una de las circunscripciones en las que quiera presentarse.

Si el PRC decide presentarse listas únicamente en Cantabria, el 0,1% del censo electoral, que es el mínimo de firma exigibles para tener derecho a concurrir a las elecciones, se reduciría a 495, sobre un censo de 495.187 votantes. La reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), aprobada el pasado 28 de enero por las Cortes Generales establece que las fuerzas que quieren concurrir a las elecciones y no han obtenido representación parlamentaria anteriormente deberán reunir el 0'1% de las firmas de los electores de cada una de las circunscripciones en las que pretendan presentarse. Pero, cuando faltan menos de tres meses para las elecciones, la Junta Electoral Central (JEC) sigue sin desvelar cómo deberá procederse a la recogida de avales y qué documentación tendrán que aportar los partidos para garantizar su autenticidad. La ley establece que cada ciudadano sólo podrá avalar una candidatura.

Tras la reforma, los partidos pequeños o de reciente creación se enfrentan a una situación complicada: han de reunir firmas equivalentes al 0,1% del censo electoral de la circunscripción donde quieran presentarse y hacerlo en los 20 días que separan la publicación en el BOE del decreto de convocatoria de elecciones y el final del plazo para la presentación de candidaturas.

El PRC ya ha decido que se presentará a las elecciones y ha expresado su intención de buscar referentes en otras comunidades autónomas, como La Rioja o Asturias. Sin embargo, nada ha trascendido sobre la forma jurídica que revestirán los acuerdos y, ni siquiera, si se producirá algún tipo de plataforma programática conjunta. En un principio la idea manejada por los dirigentes regionalismos era aprovechar el tirón mediático de su líder, Miguel Ángel Revilla, para presentar listas en varias circunscripciones e intentar tener grupo propio en las Cortes y no depender del Grupo Mixto. Pero contar con Grupo Parlamentario no es fácil. Según el actual Reglamento de la Cámara para formarlo se requieren al menos 15 diputados o 10 senadores. En caso de no alcanzar dicho mínimo, una formación política, podrá formar grupo parlamentario a partir de 5 diputados, siempre y cuando se posea un 15% de los votos en las circunscripciones donde se haya presentado o un 5% de los votos en el conjunto de la nación. Las formaciones políticas que no cumplan estas condiciones pasan a formar parte del Grupo Mixto. Depende del número de diputados integrados en el Grupo Mixto el tiempo de que se dispone para intervenir en los plenos, así como la pertenencia a las distintas comisiones.


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