viernes, 21 de octubre de 2011

SANTILLANA/CARTES.- Disuelta la agrupación para el sostenimiento en común de una plaza de Interventor



Presidencia autoriza además la reclasificación de las secretarías de ambos municipios que pasan a ser de segunda clase


La Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria ha autorizado la disolución de la Agrupación de los municipios de Cartes y Santillana del Mar para el sostenimiento en común de una plaza de Interventor, y ha reclasificado las secretarías de ambos ayuntamientos que pasan de tercera a segunda clase.

Así consta en una resolución por la que se disuelve la agrupación de municipios Cartes y Santillana del Mar para el sostenimiento en común de una plaza de Interventor y por la que se reclasifican los puestos de trabajo de Secretaría e Intervención, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, de dichos Ayuntamientos.

Según expone la resolución, que recoge Europa Press, los Ayuntamientos de Cartes y Santillana del Mar, en sesiones plenarias celebradas respectivamente los días 12 y 13 de mayo de 2011, acordaron la disolución de la Agrupación Municipal formada por ambos Consistorios, y creada para el sostenimiento en común del puesto de Interventor. Dicha agrupación fue autorizada por resolución de la Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos de 1 de julio de 2004.

Igualmente se acordó, por ambos Ayuntamientos, solicitar a la Secretaria General/Administración Local de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, la reclasificación de los puestos de secretaría de dichos Ayuntamientos, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter Estatal, modificando su clasificación de clase tercera, (Subescala Secretaria-Intervención), a clase segunda, (Subescala Secretaría, Categoría de Entrada).

La resolución explica que el Real Decreto de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal, establece que las Secretarías de clase segunda son las de los Ayuntamientos cuyos municipios tengan una población entre 5.001 y 20.000 habitantes, así como los de población inferior a 5.001 cuyo presupuesto sea superior a 3.000.000 de euros, requisito este último que cumplen ambos municipios, además de cumplirse, en el caso de Cartes, el de superar la población estipulada.

Así, teniendo en cuenta estas circunstancias, y que ambos ayuntamientos han adoptado el acuerdo de modificación de sus Relaciones de Puestos de Trabajo y de reclasificación del puesto de Secretaría en clase segunda, así como la creación del puesto de trabajo de Interventor de clase segunda en ambas corporaciones, la Secretaria General de la Consejería de Presidencia y Justicia ha acordado autorizar el expediente de disolución de la Agrupación de los Municipios de Cartes y Santillana del Mar para el sostenimiento en común de una plaza de Interventor, así como la reclasificación de los puestos de trabajo de funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal de ambos Ayuntamientos.



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